El Asociado Senior Travis M. Daniels escribió un artículo titulado “Reclamaciones por agravios gubernamentales: Una visión general del proceso desde la presentación de una reclamación hasta el inicio del litigio” para la edición de agosto de Advocate Magazine – la revista de abogados demandantes de la Consumer Attorneys Association of Los Angeles.
Nuestra firma ha republicado su artículo a continuación.
Reclamaciones por agravios gubernamentales:
UNA VISIÓN GENERAL DEL PROCESO DESDE LA PRESENTACIÓN DE UNA RECLAMACIÓN HASTA EL INICIO DEL LITIGIO
En algún momento, todo abogado de lesiones personales se encuentra con un caso donde un posible demandado en el caso de accidente de vehículo motorizado de su cliente es una entidad gubernamental o un empleado gubernamental. Esto es especialmente cierto y es probable que se vea con más frecuencia al tratar con clientes que viven o trabajan en grandes ciudades, como Los Ángeles. Independientemente del tipo de caso, ya sea derivado de un accidente automovilístico o un caso de propiedad que involucre una acera defectuosa, al tratar con un demandado gubernamental o “entidad pública”, todo abogado de lesiones personales debe cumplir con los requisitos de presentación establecidos en la Ley de Reclamaciones por Agravios de California para asegurar que la reclamación de su cliente se preserve adecuadamente.
Existe una Ley de Reclamaciones por Agravios gubernamental tanto a nivel federal como estatal. Sin embargo, para los propósitos de este artículo, solo se abordarán los requisitos de la Ley de Reclamaciones por Agravios de California.
La Ley de Reclamaciones por Agravios de California
La Ley de Reclamaciones por Agravios de California se encuentra en las secciones 810-996.6 del Código de Gobierno. Aunque estas secciones del código establecen los requisitos legales específicos aplicables al proceso de reclamaciones gubernamentales, la conclusión general de la Ley de Reclamaciones por Agravios de California es que antes de presentar una demanda buscando daños de cualquier tipo contra una entidad pública (y salvo excepciones limitadas previstas por el código o por ley), todos los reclamantes deben primero presentar una reclamación por agravio gubernamental con cada posible demandado entidad pública. Bajo la Ley de Reclamaciones por Agravios de California, una entidad pública generalmente consiste en todas las agencias gubernamentales estatales, condales y locales, departamentos y empleados gubernamentales.
El propósito de presentar una reclamación gubernamental es poner en aviso a la entidad pública sobre la reclamación y proporcionarle suficiente información para que pueda evaluar y/o investigar adecuadamente la reclamación y, posteriormente, tomar una decisión informada sobre si intentar resolver la reclamación antes de que se presente una demanda.
Plazo de prescripción
La reclamación más común presentada contra una parte responsable después de un accidente automovilístico es una reclamación por negligencia. En su mayoría, las reclamaciones generales por negligencia en California, incluyendo lesiones personales y reclamaciones por muerte injusta, tienen un plazo de prescripción de dos años, mientras que las reclamaciones por daños a la propiedad tienen un plazo de prescripción de tres años. Sin embargo, este no es el caso cuando se trata de demandados que son entidades públicas.
Hay dos períodos de prescripción que se deben tener en cuenta al tratar con un demandado entidad pública: el primero es el período de tiempo en el que debe presentarse la reclamación gubernamental y el segundo es el período para presentar una demanda.
Bajo la Ley de Reclamaciones por Agravios de California, cualquier persona que busque recuperar daños monetarios por lesiones personales, muerte injusta y/o propiedad personal, debe presentar una reclamación gubernamental con cada demandado entidad pública dentro de los seis meses siguientes a la acumulación de la causa de acción. (Código de Gobierno, § 911.2.) Además, en la medida en que necesite enmendar su reclamación, todas y cada una de las enmiendas a la reclamación gubernamental también deben presentarse dentro del mismo período de seis meses. (Código de Gobierno, § 910.6.)
Este plazo de prescripción acortado no proporciona mucho tiempo para que usted investigue la(s) reclamación(es) de su cliente o para reunir los documentos y pruebas necesarios para respaldar la reclamación. De hecho, a menudo, especialmente en casos de lesiones graves, su cliente puede aún estar en tratamiento y la extensión completa de sus lesiones y/o daños aún no se conoce y puede no conocerse hasta después de que haya pasado el período de limitación de seis meses para la reclamación gubernamental. Incluso si este es el caso, usted aún debe cumplir con el requisito de presentación y proporcionar en la reclamación tanta información como sea posible sobre la base de la reclamación y las lesiones y/o daños alegados conocidos en el momento de la presentación.
El incumplimiento del requisito de presentación de la reclamación gubernamental dentro del período prescrito de seis meses podría impedir que su cliente pueda presentar una demanda contra el(los) demandado(s) entidad pública. Por lo tanto, es extremadamente importante comenzar temprano a preparar su reclamación gubernamental y presentarla. Como regla general, intente presentar su reclamación al menos 60 a 70 días antes de la fecha límite de seis meses. De esa manera se deja tiempo suficiente en caso de que necesite volver a presentar su reclamación por cualquier motivo. Algunas razones potenciales para necesitar volver a presentar una reclamación pueden incluir escenarios donde una reclamación se perdió en el correo y nunca fue recibida por la entidad pública, una reclamación fue rechazada debido a un error o fue rechazada por no cumplir con los procedimientos de presentación.
Identificación de demandados entidad pública
Como lo haría en cualquier caso que llegue a su despacho, es importante identificar a todos los posibles demandados. Pero es extremadamente importante identificar rápidamente a todos los demandados entidad pública debido al plazo de prescripción más corto para presentar la reclamación gubernamental.
Por lo general, es bastante fácil identificar ciertos demandados entidad pública, como la Ciudad de Los Ángeles o el Estado de California. Por su nombre, estos demandados son claramente entidades públicas.
Sin embargo, identificar otros tipos de demandados entidad pública a veces puede ser complicado. Si alguna vez no está seguro de si un determinado demandado es realmente una entidad pública o no, lo primero que debe hacer es buscarlo en línea visitando su sitio web o simplemente llamarlo y preguntar (sin divulgar información sobre la reclamación de su cliente).
Además, también puede consultar el “Registro de Agencias Públicas”, que se mantiene en la oficina de la Secretaría de Estado de California. El Registro de Agencias Públicas es una lista completa de entidades públicas registradas dentro del Estado de California que están obligadas a registrarse. Pero tenga en cuenta que algunas entidades públicas no están contenidas en esta lista porque no todas las entidades públicas están obligadas a registrarse. La sección 53050 del Código de Gobierno establece qué tipos de entidades públicas están obligadas a registrarse y aparecer en el Registro de Agencias Públicas. Siempre que tenga dudas sobre el estatus de una entidad como entidad pública, consultar el Registro de Agencias Públicas es un buen lugar para comenzar su investigación. Desafortunadamente, el Registro de Agencias Públicas no está disponible en línea, por lo que deberá llamar a la oficina de la Secretaría de Estado – Departamento de Presentaciones Especiales o presentar una solicitud por escrito y pagar una tarifa. Llamar generalmente es la forma más rápida.
Preparación del formulario de reclamación gubernamental
Preparar el formulario de reclamación gubernamental es bastante sencillo y típicamente no es un proceso muy difícil. La mayoría de las entidades públicas tendrán su propio formulario de reclamación personalizado disponible en su sitio web para que lo descargue y use. El formulario en sí suele tener una o dos páginas y señala qué información se busca en relación con la reclamación de su cliente. Si la entidad pública le ofrece la opción de presentar la reclamación electrónicamente en línea, el portal de reclamaciones en línea generalmente reflejará su formulario escrito de reclamación gubernamental.
Tenga en cuenta que, aunque la mayoría de las entidades públicas proporcionan su propio formulario de reclamación gubernamental, muchas no lo hacen. Tenga en cuenta que, conforme a la sección 910.4 del Código de Gobierno, si la entidad pública proporciona un formulario específico de reclamación gubernamental, debe usarlo para completar la reclamación de su cliente. No hacerlo podría resultar en el rechazo de la reclamación por no cumplir con los requisitos procesales.
Si la entidad pública no tiene su propio formulario de reclamación, deberá crear uno propio y debe contener toda la siguiente información: (a) el nombre y dirección del reclamante; (b) la dirección donde el reclamante desea recibir notificaciones (que debería ser la oficina de su abogado);
(c) la fecha, lugar y hechos de lo ocurrido y circunstancias que rodean la reclamación; (d) el nombre del(los) empleado(s) de la entidad pública que causaron las lesiones o daños (si se conoce); (e) una descripción general de cualquier lesión sufrida y cualquier daño reclamado (es decir, gastos médicos, pérdida de salario, daños a la propiedad, etc.); (f) si solicita menos de $10,000 en daños, entonces la cantidad en dólares reclamada y una explicación de cómo se calculó esa cantidad; y (g) si solicita más de $10,000 en daños, debe indicarlo y además señalar si su demanda se presentará en jurisdicción limitada o ilimitada. (Código de Gobierno, § 910.)
Además de lo anterior, debe presentar con la reclamación cualquier evidencia que pueda ayudar a establecer la(s) reclamación(es)/daños de su cliente. Esto típicamente incluye, pero no se limita a, un informe de colisión de tráfico (si está disponible), fotos de daños a la propiedad y lesiones, estimaciones de daños a la propiedad, facturas y registros médicos, documentación de pérdida de salario, etc. Tenga en cuenta que dado el corto período para presentar la reclamación, su cliente puede aún estar en tratamiento por sus lesiones y, en consecuencia, la extensión completa de sus daños aún no se conoce y/o ciertas facturas y registros médicos aún no están disponibles. Asegúrese de indicar esto en su formulario de reclamación y proporcionar todos los documentos de respaldo disponibles en ese momento. Siempre puede proporcionar documentación adicional al ajustador de la entidad pública en una fecha posterior.
Presentación de la reclamación gubernamental
Los formularios escritos de reclamación gubernamental deben presentarse por correo al secretario de la entidad pública o entregarse personalmente al secretario de la entidad pública. (Código de Gobierno, § 915.) Si el demandado entidad pública tiene su propio formulario especializado de reclamación, las instrucciones de presentación generalmente estarán contenidas en la parte frontal del formulario de reclamación indicándole la dirección exacta y el departamento a donde debe enviar o entregar su reclamación. Las reclamaciones gubernamentales escritas presentadas por correo generalmente se consideran presentadas el día en que se envían. (Código de Gobierno, § 915.2.)
Durante muchos años, presentar una reclamación gubernamental escrita (ya sea por correo o entrega personal) fue la única opción de presentación disponible para los reclamantes. Sin embargo, con el tiempo, cada vez más entidades públicas están comenzando a ofrecer a los reclamantes la opción de presentar su reclamación y documentos de respaldo electrónicamente a través de su sitio web. Esto suele ser el caso con entidades públicas más grandes como gobiernos municipales como la Ciudad de Los Ángeles. Sin embargo, si la presentación electrónica de reclamaciones está disponible dependerá, por supuesto, de la entidad pública, así que asegúrese de verificar si su demandado entidad pública ofrece esta opción.
Si la presentación electrónica de reclamaciones está disponible para su cliente, siempre use esa opción. El beneficio más significativo de la presentación electrónica es tener la tranquilidad de recibir confirmación muy rápidamente de que la reclamación de su cliente fue realmente recibida por la entidad pública.
Una vez que presione el botón de enviar en línea, generalmente recibirá un correo electrónico de confirmación en unos minutos indicando que la reclamación fue presentada y recibida y además proporcionándole un número de reclamación. No obtendrá esta tranquilidad el mismo día si presenta su reclamación gubernamental por correo, ya que tendrá que esperar para verificar el número de seguimiento del correo para confirmar que su reclamación fue entregada y luego esperar la confirmación escrita de la entidad pública de que recibieron su reclamación.
Reclamaciones tardías
Si no presenta una reclamación gubernamental dentro de los seis meses desde la fecha de acumulación, generalmente se le impedirá presentar una demanda contra la entidad pública y sus empleados, salvo ciertas exenciones establecidas en el código o conforme a la jurisprudencia. Sin embargo, cuando no aplica ninguna exención o ley, la sección 911.4 del Código de Gobierno permite la presentación de una reclamación tardía en ciertas circunstancias. Bajo esta sección del código, si la reclamación no se presentó dentro de los seis meses desde la acumulación de la causa de acción, pero aún está dentro de un año desde la acumulación, entonces puede presentar una solicitud por escrito directamente a la entidad pública solicitando permiso para presentar una reclamación tardía. La solicitud debe contener una copia propuesta de la reclamación y exponer las razones por las cuales no se presentó la reclamación a tiempo dentro del período de seis meses. Si ha pasado más de un año desde la fecha de acumulación
de la causa de acción, hay poco o nada que se pueda hacer y probablemente su cliente esté impedido de presentar una demanda contra los demandados entidad pública, salvo excepciones aplicables.
Una vez que se ha presentado una solicitud de reclamación tardía, la entidad pública tendrá 45 días para aceptar o rechazar la solicitud (Código de Gobierno, § 911.6.) La sección 911.6 establece los criterios que el reclamante debe cumplir para que una entidad pública acepte la reclamación tardía. Tenga en cuenta que las entidades públicas revisan las reclamaciones tardías caso por caso y a menudo las rechazan como regla general ya que muchas no cumplen uno o más de los criterios para permitir reclamaciones tardías. Si alguna vez se encuentra en una situación que requiere la presentación de una reclamación tardía dentro de un año desde la acumulación de la causa de acción, asegúrese de que su solicitud de reclamación tardía exponga clara y concisamente todas las razones para conceder la reclamación tardía. Si se cumple uno o más de los criterios prescritos legalmente establecidos en la sección 911.6 del Código de Gobierno, la solicitud de reclamación tardía debe ser aprobada por la entidad pública.
Respuesta de la entidad pública a la reclamación y plazo para presentar una demanda
Después de que se ha presentado la reclamación gubernamental, la entidad pública debe responder aceptando o rechazando (total o parcialmente) la reclamación dentro de 45 días, a menos que las partes acuerden lo contrario por escrito. (Ver Código de Gobierno, § 912.4.) Si una reclamación es rechazada total o parcialmente, normalmente recibirá una carta de rechazo, a menudo llamada carta de “derecho a demandar”. Al recibir la carta de “derecho a demandar”, usted es libre de presentar una demanda y debe hacerlo dentro de los seis meses desde la fecha en que la carta de “derecho a demandar” fue entregada personalmente o depositada en el correo (es decir, la fecha del matasellos). (Código de Gobierno, § 913.) Esté atento a este nuevo plazo para presentar una demanda y anote la fecha en su calendario.
Si la entidad pública no responde ni toma ninguna acción dentro de los 45 días desde la fecha en que se presentó su reclamación (es decir, no recibe carta de “derecho a demandar” ni ningún otro tipo de contacto o respuesta de la entidad pública), entonces el reclamante generalmente tiene dos años para presentar una demanda desde la fecha de acumulación de la causa de acción.
Resolver la reclamación de su cliente vs. presentar una demanda
Después de la presentación de la reclamación, y suponiendo que la reclamación no fue rechazada, la entidad pública puede intentar resolver la reclamación antes de que se presente una demanda. Después de todo, el propósito y la política pública detrás de la Ley de Reclamaciones por Agravios de California es poner en aviso a la entidad pública sobre la reclamación y darle la oportunidad de intentar resolverla antes de que se presente una demanda.
El proceso de reclamaciones en una reclamación gubernamental típicamente no es diferente a tratar con un ajustador de reclamos de seguros en una reclamación no gubernamental. La reclamación incluso puede ser asignada a un ajustador de reclamos externo a menos que la entidad pública maneje las reclamaciones internamente. A menudo, el ajustador solicitará que usted presente una carta de demanda y proporcione documentación adicional que respalde los daños de su cliente para su consideración.
Ya sea que soliciten una carta de demanda o no, siempre debe presentar una, especialmente si su cliente aún estaba en tratamiento y/o toda la documentación de respaldo (como facturas y registros médicos) no se conocía o no estaba disponible en el momento en que se presentó inicialmente la reclamación. Además, una buena carta de demanda puede ayudar a resaltar la fortaleza de la reclamación de su cliente y/o la gravedad de los daños para, con suerte, poner a la entidad pública en una posición para intentar resolver la reclamación de manera significativa.
La mayoría de las entidades públicas son autoaseguradas, por lo que a menudo no hay dinero de seguro disponible para resolver la reclamación de su cliente. Por lo tanto, a diferencia del proceso de reclamaciones en una reclamación no gubernamental, las entidades públicas negocian con su propio dinero en lugar de con fondos de seguros. Esto es importante tenerlo en cuenta porque las entidades públicas tienden a ser más frugales y a menudo subestiman las reclamaciones o intentan convencer a su cliente de que acepte un acuerdo bajo. Deberá considerar esto al decidir si es en el mejor interés de su cliente resolver fuera del litigio o proceder a presentar una demanda. También vale la pena señalar que incluso cuando se alcanza un acuerdo durante la fase previa al litigio, las entidades públicas rutinariamente tardan mucho tiempo en aprobar el acuerdo y/o emitir el pago. Este proceso puede tomar muchos meses después de alcanzar un acuerdo tentativo. Esto también suele ser el caso con cualquier acuerdo alcanzado en litigio.
Una vez que se tome la decisión de presentar una demanda, asegúrese de incluir en su demanda toda la información relacionada con el cumplimiento de su cliente con los requisitos de la Ley de Reclamaciones por Agravios de California. Asegúrese de alegar en la demanda: (a) la fecha en que se presentó la reclamación gubernamental contra cada demandado entidad pública; (b) indicar el número de reclamación (si está disponible); y (c) la fecha en que la reclamación fue rechazada (ya sea mediante una carta de “derecho a demandar” o por ley debido a la falta de acción de la entidad pública). De esta manera aborda desde el principio cualquier cuestión sobre si la reclamación fue oportuna y evita cualquier defensa afirmativa falsa sobre el plazo de prescripción y/o el incumplimiento de los requisitos de la Ley de Reclamaciones por Agravios de California. Generalmente es más inteligente presentar una demanda inmediatamente una vez que pueda hacerlo y proceder al litigio de la reclamación de su cliente.
Travis M. Daniels es litigante en Arias Sanguinetti Wang & Torrijos LLP. El enfoque de su práctica es el litigio de lesiones personales, pero también maneja disputas comerciales y de seguros.