El Asociado Senior Travis M. Daniels escribió un artículo titulado “Reclamos por agravios del gobierno: Una visión general del proceso desde la presentación de un reclamo hasta el inicio de la litigación” para la Edición de Agosto de la Revista Advocate – la revista de abogados de juicio de los demandantes de la Asociación de Abogados de Consumidores de Los Ángeles.
Nuestra firma ha republicado su artículo a continuación.
Reclamos por agravios del gobierno:
UNA VISIÓN GENERAL DEL PROCESO DESDE LA PRESENTACIÓN DE UN RECLAMO HASTA EL INICIO DE LA LITIGACIÓN
En algún momento, todo abogado de lesiones personales se encuentra con un caso en el que un posible demandado en el caso de accidente de vehículo de motor de su cliente es una entidad gubernamental o un empleado gubernamental. Esto es especialmente cierto y es probable que se vea con más frecuencia al tratar con clientes que viven o trabajan en grandes ciudades, como Los Ángeles. Independientemente del tipo de caso, ya sea derivado de un accidente automovilístico o un caso de premisas que involucre una acera defectuosa, al tratar con un demandado gubernamental o una entidad “pública”, todo abogado de lesiones personales debe cumplir con los requisitos de presentación establecidos en la Ley de Reclamos por Agravios de California para asegurar que el reclamo de su cliente se preserve adecuadamente.
Existe una Ley de Reclamos por Agravios del Gobierno tanto a nivel federal como estatal. Sin embargo, para fines de este artículo, solo se abordarán los requisitos de la Ley de Reclamos por Agravios de California.
Ley de Reclamos por Agravios de California
La Ley de Reclamos por Agravios de California se puede encontrar en las secciones 810-996.6 del Código de Gobierno. Si bien estas secciones del código establecen los requisitos estatutarios específicos aplicables al proceso de reclamos del gobierno, la conclusión general de la Ley de Reclamos por Agravios de California es que antes de presentar una demanda buscando daños de cualquier tipo contra una entidad pública (y salvo excepciones limitadas proporcionadas por el código o de otra manera por ley), todos los reclamantes deben presentar primero un reclamo por agravios del gobierno con cada posible demandado de entidad pública. Según la Ley de Reclamos por Agravios de California, una entidad pública generalmente consiste en todas las agencias gubernamentales, departamentos y empleados gubernamentales estatales, del condado y locales.
El propósito de presentar un reclamo gubernamental es poner a la entidad pública en aviso del reclamo y proporcionarle suficiente información para que pueda evaluar y/o investigar adecuadamente el reclamo, y luego tomar una decisión informada sobre si intentar resolver el reclamo antes de presentar una demanda.
Estatuto de limitaciones
El reclamo más común presentado contra una parte culpable después de un accidente automovilístico es un reclamo por negligencia. En su mayor parte, los reclamos generales por negligencia en California, incluidos los reclamos por lesiones personales y muerte por negligencia, tienen un estatuto de limitaciones de dos años, mientras que los reclamos por daños a la propiedad tienen un estatuto de limitaciones de tres años. Sin embargo, este no es el caso cuando se trata de demandados de entidades públicas.
Hay dos períodos de estatuto de limitaciones de los que hay que tener en cuenta al tratar con un demandado de entidad pública: el primero es el período de tiempo en el que se debe presentar el reclamo gubernamental y el segundo es el período de tiempo para presentar una demanda.
Según la Ley de Reclamos por Agravios de California, cualquier persona que busque recuperar daños monetarios por lesiones personales, muerte por negligencia y/o propiedad personal, debe presentar un reclamo gubernamental con cada demandado de entidad pública dentro de los seis meses posteriores al surgimiento de la causa de acción. (Código de Gobierno, § 911.2.) Además, en la medida en que necesite enmendar su reclamo, todas y cada una de las enmiendas al reclamo gubernamental también deben presentarse dentro del mismo período de seis meses. (Código de Gobierno, § 910.6.)
Este estatuto de limitaciones abreviado no brinda mucho tiempo para investigar las reclamaciones de su cliente o recopilar los documentos y pruebas necesarios para respaldar la reclamación. De hecho, a menudo, especialmente en casos de lesiones graves, su cliente aún puede estar recibiendo tratamiento y es posible que no se conozca la magnitud total de sus lesiones y/o daños hasta después de que haya pasado el período de limitación de seis meses para presentar una reclamación al gobierno. Incluso si este es el caso, aún debe cumplir con el requisito de presentación y proporcionar en la reclamación tanta información como sea posible sobre la base de la reclamación y las presuntas lesiones y/o daños conocidos en el momento de la presentación.
El incumplimiento del requisito de presentación de reclamaciones al gobierno dentro del período de seis meses prescrito puede impedir que su cliente pueda presentar una demanda contra el/los demandado(s) entidad pública. Por lo tanto, es extremadamente importante comenzar temprano en la preparación de su reclamación al gobierno y presentarla. Como regla general, intente presentar su reclamación al menos 60 a 70 días antes de la fecha límite de seis meses. De esta manera, se deja suficiente tiempo en caso de que necesite volver a presentar su reclamación por cualquier motivo. Algunas posibles razones para necesitar volver a presentar una reclamación pueden incluir escenarios en los que una reclamación se perdió en el correo y nunca fue recibida por la entidad pública, una reclamación fue rechazada debido a un error o fue rechazada debido a la falta de cumplimiento con los procedimientos de presentación.
Identificación de demandados de entidades públicas
Como lo haría en cualquier caso que llegue a su puerta, es importante identificar a todos los posibles demandados. Pero es extremadamente importante identificar a todos los demandados de entidades públicas rápidamente debido al estatuto de limitaciones más corto para presentar la reclamación al gobierno.
Por lo general, es bastante fácil identificar ciertos demandados de entidades públicas, como la Ciudad de Los Ángeles o el Estado de California. Por su nombre solo, estos demandados son claramente entidades públicas.
Sin embargo, identificar otros tipos de demandados de entidades públicas a veces puede ser complicado. Si alguna vez no está seguro de si un determinado demandado es realmente una entidad pública o no, lo primero que debe hacer es buscar en línea visitando su sitio web o simplemente llamar y preguntar (sin divulgar información sobre la reclamación de su cliente).
Además, también puede consultar el “Registro de Agencias Públicas”, que se mantiene en la oficina del Secretario de Estado de California. El Registro de Agencias Públicas es una lista completa de entidades públicas registradas en el Estado de California que están obligadas a registrarse. Pero tenga en cuenta que algunas entidades públicas no están incluidas en esta lista porque no todas las entidades públicas están obligadas a registrarse. La sección 53050 del Código de Gobierno establece qué tipos de entidades públicas están obligadas a registrarse y aparecer en el Registro de Agencias Públicas. Siempre que tenga dudas sobre el estado de una entidad determinada como entidad pública, consultar el Registro de Agencias Públicas es un lugar seguro para comenzar su investigación. Desafortunadamente, el Registro de Agencias Públicas no está disponible en línea, por lo que deberá llamar a la oficina del Secretario de Estado – Departamento de Presentaciones Especiales o enviar una solicitud por escrito y pagar una tarifa. Llamar es generalmente la forma más rápida de proceder.
Preparando el formulario de reclamo gubernamental
Preparar el formulario de reclamo gubernamental es bastante sencillo y generalmente no es un proceso muy difícil. La mayoría de las entidades públicas tendrán su propio formulario de reclamo personalizado disponible en su sitio web para que lo descargue y lo use. El formulario en sí suele tener una o dos páginas y muestra la información que se está buscando en relación con el reclamo de su cliente. Si la entidad pública le ofrece la opción de presentar el reclamo electrónicamente en línea, el portal de reclamos en línea generalmente reflejará su formulario de reclamo gubernamental escrito.
Tenga en cuenta que, aunque la mayoría de las entidades públicas proporcionan su propio formulario de reclamo gubernamental, muchas de ellas no lo hacen. Tenga en cuenta que, de conformidad con la sección 910.4 del Código de Gobierno, si la entidad pública proporciona un formulario de reclamo gubernamental específico, debe utilizarlo para completar el reclamo de su cliente. No hacerlo podría resultar en que el reclamo sea rechazado por no cumplir con los requisitos procesales.
Si la entidad pública no tiene su propio formulario de reclamo, deberá crear el suyo propio y debe contener toda la siguiente información: (a) el nombre y la dirección del reclamante; (b) la dirección donde el reclamante desea recibir notificaciones (que debería ser la oficina de su abogado);
(c) la fecha, ubicación y hechos de lo sucedido y las circunstancias que rodean el reclamo; (d) el nombre del (los) empleado (s) de la entidad pública que causó las lesiones o daños (si se conocen); (e) una descripción general de cualquier lesión sufrida y cualquier daño reclamado (es decir, gastos médicos, pérdida de salarios, daños a la propiedad, etc.); (f) si está solicitando menos de $ 10,000 en daños, entonces la cantidad en dólares reclamada y una explicación de cómo se calculó esa cantidad; y (g) si está solicitando más de $ 10,000 en daños, entonces debe indicar esto y además indicar si su demanda se presentará en jurisdicción limitada o ilimitada. (Código de Gobierno, § 910.)
Además de lo anterior, debe presentar con la reclamación cualquier evidencia de apoyo que pueda ayudar a establecer las reclamaciones / daños de su cliente. Esto incluye típicamente, pero no se limita a, un informe de colisión de tráfico (si está disponible), fotos de daños a la propiedad y lesiones, estimaciones de daños a la propiedad, facturas y registros médicos, documentación de pérdida de salarios, etc. Tenga en cuenta que dado el corto período de tiempo para presentar la reclamación, su cliente puede seguir recibiendo tratamiento para sus lesiones y, en consecuencia, el alcance total de sus daños aún no se conoce y / o ciertas facturas y registros médicos aún no están disponibles. Asegúrese de indicar esto en su formulario de reclamación y proporcione todos los documentos de respaldo disponibles en ese momento. Siempre puede proporcionar documentación adicional al ajustador de la entidad pública en una fecha posterior.
Presentación de la reclamación gubernamental
Los formularios de reclamación gubernamental escritos deben presentarse por correo al secretario de la entidad pública o entregarse personalmente al secretario de la entidad pública. (Código Gov., § 915.) Si el demandado de la entidad pública tiene su propio formulario de reclamación especializado, las instrucciones de presentación generalmente se incluirán en la parte frontal del formulario de reclamación para informarle la dirección exacta y el departamento al que debe enviar o entregar su reclamación. Las reclamaciones gubernamentales escritas presentadas por correo generalmente se consideran presentadas el día en que se envían por correo. (Código Gov., § 915.2.)
Durante muchos años, la presentación de una reclamación gubernamental escrita (ya sea por correo o entrega personal) fue la única opción de presentación disponible para los reclamantes. Sin embargo, con el paso de los años, cada vez más entidades públicas están comenzando a proporcionar a los reclamantes la opción de presentar su reclamación y documentos de respaldo electrónicamente a través de su sitio web. Esto suele ser el caso con entidades públicas más grandes, como los gobiernos municipales como la Ciudad de Los Ángeles. Sin embargo, si la presentación electrónica de reclamaciones es una opción disponible dependerá, por supuesto, de la entidad pública, así que asegúrese de verificar si su demandado de la entidad pública ofrece esta opción.
Si la presentación electrónica de reclamaciones está disponible para su cliente, siempre utilice esa opción. El beneficio más significativo de la presentación electrónica es tener la tranquilidad de recibir una confirmación muy rápida de que la reclamación de su cliente fue recibida por la entidad pública.
Una vez que presione el botón de enviar en línea, en unos minutos recibirá un correo electrónico de confirmación indicando que la reclamación fue enviada y recibida y proporcionándole un número de reclamación. No obtendrá esta tranquilidad el mismo día si envía su reclamación gubernamental por correo, ya que tendrá que esperar para verificar el número de seguimiento del correo para confirmar que su reclamación fue entregada y luego esperar la confirmación por escrito de la entidad pública de que recibieron su reclamación.
Reclamaciones tardías
Si no presenta una reclamación gubernamental dentro de los seis meses posteriores a la fecha de acumulación, generalmente se le prohíbe presentar una demanda contra la entidad pública y sus empleados, salvo ciertas excepciones establecidas en el código o de conformidad con la jurisprudencia. Sin embargo, cuando no se aplica ninguna excepción o ley, la sección 911.4 del Código de Gobierno permite la presentación de una reclamación tardía en ciertas circunstancias. Según esta sección del código, si la reclamación no se presentó dentro de los seis meses posteriores a la acumulación de la causa de acción, pero aún está dentro de un año de la acumulación, puede presentar una solicitud por escrito directamente a la entidad pública solicitando permiso para presentar una reclamación tardía. La solicitud debe contener una copia propuesta de la reclamación y establecer las razones por las que no se presentó la reclamación a tiempo dentro del período de presentación de seis meses. Si han pasado más de un año desde la fecha de acumulación
de la causa de acción, hay poco o nada que se pueda hacer y es probable que su cliente no pueda presentar una demanda contra los demandados de la entidad pública, salvo excepciones aplicables.
Una vez que se haya presentado una solicitud de reclamación tardía, la entidad pública tendrá 45 días para aceptar o rechazar la solicitud (Código de Gobierno, § 911.6). La sección 911.6 establece los criterios que el reclamante debe establecer para que la entidad pública acepte la reclamación tardía. Tenga en cuenta que las entidades públicas revisan las reclamaciones tardías caso por caso y a menudo se deniegan como una cuestión de rutina, ya que muchas de ellas no establecen uno o más de los criterios para permitir reclamaciones tardías. Si alguna vez se presenta con una situación que requiere la presentación de una reclamación tardía dentro de un año de la acumulación de la causa de acción, asegúrese de que su solicitud de reclamación tardía establezca clara y concisamente todas las razones para otorgar la reclamación tardía. Si se establece uno o más de los criterios prescritos por ley establecidos en la sección 911.6 del Código de Gobierno, la solicitud de reclamación tardía debe ser aprobada por la entidad pública.
Respuesta de la entidad pública a la reclamación y período de limitaciones para presentar una demanda
Después de que se haya presentado la reclamación gubernamental, la entidad pública debe responder aceptando o rechazando (en su totalidad o en parte) la reclamación dentro de los 45 días, a menos que se acuerde lo contrario por escrito entre las partes. (Ver Código de Gobierno, § 912.4.) Si se rechaza una reclamación en su totalidad o en parte, generalmente recibirá una carta de rechazo, a menudo denominada carta de “derecho a demandar”. Al recibir la carta de “derecho a demandar”, es libre de presentar una demanda y debe hacerlo dentro de los seis meses a partir de la fecha en que se entregó personalmente o se depositó en el correo (es decir, la fecha en que se selló el correo). (Código de Gobierno, § 913.) Tenga en cuenta este nuevo período de limitación para presentar una demanda y marque la fecha en consecuencia.
Si la entidad pública no responde o toma ninguna acción en un plazo de 45 días a partir de la fecha en que se presentó su reclamo (es decir, si no recibe una carta de “derecho a demandar” u otra forma de contacto o respuesta de la entidad pública), entonces el reclamante generalmente tiene dos años para presentar una demanda a partir de la fecha de acumulación de la causa de acción.
Resolver el reclamo de su cliente vs. presentar una demanda
Después de presentar el reclamo, y suponiendo que el reclamo no fue rechazado, la entidad pública puede intentar resolver el reclamo sin presentar una demanda. Después de todo, el propósito y la política pública detrás de la Ley de Reclamos por Agravios de California es poner a la entidad pública en conocimiento del reclamo y darles la oportunidad de intentar resolverlo sin presentar una demanda.
El proceso de reclamos en un reclamo gubernamental generalmente no es diferente al tratar con un ajustador de reclamos de seguros en un reclamo no gubernamental. El reclamo incluso puede ser asignado a un ajustador de reclamos de terceros a menos que la entidad pública maneje los reclamos internamente. A menudo, el ajustador solicitará que envíe una carta de demanda y proporcione más documentación de respaldo de los daños de su cliente para su consideración.
Ya sea que pidan una carta de demanda o no, siempre debe enviar una, especialmente si su cliente todavía estaba recibiendo tratamiento y/o toda la documentación de respaldo (como facturas y registros médicos) aún no se conocía o no estaba disponible en el momento en que se presentó el reclamo. Además, una buena carta de demanda puede ayudar a resaltar la fuerza del reclamo de su cliente y/o la gravedad de los daños para poner a la entidad pública en una posición para intentar resolver el reclamo de manera significativa.
La mayoría de las entidades públicas tienen seguro propio, por lo que a menudo no hay dinero de seguro disponible para resolver el reclamo de su cliente. Por lo tanto, a diferencia del proceso de reclamos en un reclamo no gubernamental, las entidades públicas están negociando con su propio dinero en lugar de los ingresos del seguro. Esto es importante tener en cuenta porque las entidades públicas tienden a ser más frugales y a menudo subestiman los reclamos o intentan convencer a su cliente de que se conforme barato. Deberá tener esto en cuenta al decidir si es en el mejor interés de su cliente resolver fuera de la litigación o proceder a presentar una demanda. También vale la pena señalar que incluso cuando se llega a un acuerdo durante la fase previa a la litigación, las entidades públicas suelen tardar mucho tiempo en aprobar el acuerdo y/o emitir el pago. Este proceso puede llevar muchos meses después de llegar a un acuerdo tentativo. Esto también tiende a ser el caso con cualquier acuerdo alcanzado en la litigación.
Una vez que se toma la decisión de presentar una demanda, asegúrese de incluir en su demanda toda la información relacionada con el cumplimiento de su cliente con los requisitos de la Ley de Reclamos por Agravios de California. Asegúrese de alegar en la demanda: (a) la fecha en que se presentó el reclamo gubernamental contra cada demandado de la entidad pública; (b) indique el número de reclamo (si está disponible); y (c) la fecha en que se rechazó el reclamo (ya sea mediante una carta de “derecho a demandar” o por ley debido a la falta de acción de la entidad pública). De esta manera, aborda desde el principio cualquier problema en cuanto a si el reclamo es oportuno y evita cualquier defensa afirmativa falsa en cuanto al estatuto de limitaciones y/o el incumplimiento de los requisitos de la Ley de Reclamos por Agravios de California. Por lo general, es una idea más inteligente presentar una demanda de inmediato una vez que pueda hacerlo y proceder a la litigación del reclamo de su cliente.
Travis M. Daniels es un litigante en Arias Sanguinetti Wang & Torrijos LLP. El enfoque de su práctica es la litigación de lesiones personales, pero también maneja disputas comerciales y de seguros.